Estatuto de Pequeña Empresa: impuesto del 1 % sobre la facturación
Carga efectiva con 60 000 €
1.0%
Lo que pagas
- 01
Impuesto sobre el volumen de negocio (1 % / 3 %)
Escala progresiva · base: ingresos anual
ingresos anual · GEL Tipo ≤ 500.000 1% ingresos anual · GEL Tipo > 500.000 3%
Requisitos de acceso
- Límite de ingresos 500.000 GEL/year
- Actividades: desarrollo de software y la mayoría de los servicios digitales en remoto
- Empresario Individual registrado con Estatuto de Pequeña Empresa. Las actividades excluidas (Decreto gubernamental N415) incluyen la consultoría y las actividades jurídicas, médicas, de auditoría, reguladas y de cambio de divisa: el desarrollo de software sí califica, pero presentar el trabajo como «consultoría de TI» conlleva riesgo de reclasificación. Se puede registrar durante una estancia sin visado, sin necesidad de permiso de residencia.
Ejemplos de ingreso neto
| Bruto/año | Neto/año | Carga |
|---|---|---|
| 30.000 EUR | 29.700 EUR | 1.0% |
| 60.000 EUR | 59.400 EUR | 1.0% |
| 120.000 EUR | 118.800 EUR | 1.0% |
Calculado por nuestro motor fiscal abierto: supone que no hay gastos deducibles y residencia fiscal el año completo. Normas a fecha de 1 ene 2026.
Contexto importante
No hay cotizaciones sociales ni de pensiones obligatorias para los autónomos (la pensión de capitalización es una adhesión voluntaria del 4 %). Matiz de la tributación territorial: el trabajo autónomo realizado físicamente en Georgia para clientes extranjeros es renta de ORIGEN georgiano (art. 104 del Código Tributario) y tributa aquí al 1 %; la exención de las rentas de origen extranjero (art. 82.1.u) solo se aplica a las rentas pasivas del extranjero o al trabajo realizado estando fuera del país, no al trabajo autónomo activo hecho desde Georgia. El tramo del 3 % se modela como un simple escalón progresivo (la norma lo aplica desde el mes en que se supera el umbral de 500 000). El registro a efectos del IVA es independiente y obligatorio por encima de 100 000 GEL de entregas sujetas. Un nuevo régimen de «derecho al trabajo» (desde el 2026-03-01) puede afectar a los empresarios con clientes exclusivamente extranjeros; el tratamiento oficial aún se está aclarando.