Persona física (autónomo) — 0 % hasta AED 375 000, 9 % por encima
Carga efectiva con 60 000 €
0.0%
Lo que pagas
- 01
Impuesto de sociedades para personas físicas (0 % / 9 %)
Escala progresiva · base: beneficio anual · reducción 375.000 AED
beneficio anual · AED Tipo Cualquier importe 9%
Requisitos de acceso
- Actividades: negocio o actividad empresarial ejercida por una persona física (permiso de autónomo/trabajo por cuenta propia)
- Las obligaciones del impuesto de sociedades para una persona física solo se activan cuando la facturación total procedente de la actividad/actividades empresariales en los EAU supera AED 1 000 000 en un año natural gregoriano (Cabinet Decision No. 49 of 2023). Por debajo de esa facturación, la persona queda totalmente fuera del régimen del impuesto de sociedades. Los ingresos salariales/por empleo, los ingresos por inversión personal y los ingresos por inversión inmobiliaria personal quedan siempre fuera del ámbito. No existe impuesto sobre la renta de las personas físicas. Cuando está dentro del ámbito, la renta imponible (beneficio) de hasta AED 375 000 tributa al 0 % y el exceso al 9 % (Cabinet Decision No. 116 of 2022). Se aplica a los ejercicios financieros que comiencen a partir del 1 de junio de 2023 inclusive.
Ejemplos de ingreso neto
| Bruto/año | Neto/año | Carga |
|---|---|---|
| 30.000 EUR | 30.000 EUR | 0.0% |
| 60.000 EUR | 60.000 EUR | 0.0% |
| 120.000 EUR | 117.168 EUR | 2.4% |
Calculado por nuestro motor fiscal abierto: supone que no hay gastos deducibles y residencia fiscal el año completo. Normas a fecha de 1 jun 2023.
Contexto importante
El umbral de facturación de AED 1 000 000 (Cabinet Decision No. 49 of 2023) que activa el impuesto de sociedades para las personas físicas se expresa en las notas, no en el motor de cálculo: por debajo del umbral, la persona queda totalmente fuera del régimen (impuesto 0), y la exención del 0 % del modelo ya devuelve 0 para esos autónomos pequeños, por lo que el resultado modelado es correcto. El modelo aplica el tramo del 0 % al primer AED 375 000 de beneficio y el 9 % por encima. Sin impuesto sobre la renta de las personas físicas y sin seguridad social obligatoria para los extranjeros (los expatriados reciben una gratificación de fin de servicio, no cotizaciones a pensión). El IVA (5 %) sobre las entregas sujetas, con registro obligatorio por encima de AED 375 000 de facturación sujeta, es un impuesto sobre el consumo no modelado aquí. El sitio tax.gov.ae (Federal Tax Authority) estaba en mantenimiento en el momento de la verificación; los tipos y umbrales se corroboran con el portal gubernamental u.ae y el Ministerio de Finanzas.